La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales ha publicado un comunicado en relación a la actividad de instalación y mantenimiento de equipos y sistemas de telecomunicación, que garantiza la continuidad del ejercicio de los servicios de telecomunicación, tal y como a continuación se resumen:
“El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 obliga a que se garantice el mantenimiento de los servicios de telecomunicaciones y la conectividad de banda ancha, para lo cual es imprescindible que los operadores de telecomunicaciones y las empresas de instalación de telecomunicaciones y sus operarios puedan efectuar actuaciones de mantenimiento, reparación y mejora de las redes que soportan dichos servicios.”
“Por ello, es criterio de esta Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales que los operadores de telecomunicaciones y las empresas de instalación de telecomunicaciones y sus operarios pueden seguir ejercitando su actividad en el contexto del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, pudiendo al efecto desplazarse cuando resulte necesario y accediendo a los lugares en donde resulte necesaria la instalación, el mantenimiento o reparación de las redes y equipos de telecomunicaciones, sin perjuicio de que tengan que cumplir y seguir las medidas y recomendaciones de las autoridades sanitarias.”